- Con el ánimo de evitar que se repitan estas conductas vandálicas, evitando cualquier situación de peligro y el posible daño a animales, así como cualquier otro tipo de desperfectos, el Concejal del área, Miguel Partida, impulsa una acción informativa específica en redes y en la web municipal con la publicación de un vídeo que detalla los actos fuera de normativa en relación al uso de escopetas de perdigones, así como las infracciones en las que incurren “los desaprensivos” que protagonizan este tipo de situaciones “del todo improcedentes ante las que también incrementamos la vigilancia policial”
- Entre los requisitos para poder disponer de carabinas, se recuerda la obligación de ser mayor de 14 años y estar en posesión de la oportuna tarjeta de armas que se conceden y retira directamente por Alcaldía
Pese a resultar evidente que la vía pública nunca puede ser un espacio donde se porten armas ni se pueda hacer uso de las mismas, incluyendo las escopetas de perdigones, el Ayuntamiento de Valdemorillo, a través de su Concejal de Seguridad y Movilidad, Miguel Partida, quiere acabar con determinadas prácticas, “incompresibles en un pueblo como el nuestro”, detectadas en los últimos días en algunas zonas del casco urbano local. Así, y mediante la difusión de un video en el que se recogen tanto los requisitos exigibles para poder disponer de carabinas de aire comprimido, como las infracciones y correspondientes sanciones previstas en caso de ser utilizadas en las calles, con el consiguiente peligro que ello entraña y los serios daños que pueden llegar a ocasionarse, se quiere hacer llegar a la población tanto la información precisa relativa a este tipo de armas y su posible tenencia, como la advertencia que desde el Consistorio se estará vigilante en todo momento para poner fin a tales conductas “a cargo de auténticos desaprensivos”.
En este sentido, y tal como se plasma en el citado video, para tener una escopeta de este tipo se ha de ser mayor de 14 y tener la documentación correspondiente y obligatoria, una tarjeta de armas que se autoriza y retira directamente por la Alcaldía. Además, se incide en precisar que en ningún caso pueden emplearse estas carabinas en el viario público, estando permitido su empleo exclusivamente para el tiro de precisión a diana o en recintos debidamente habilitados para ello. Igualmente, se advierte que tampoco está permitido disparar ni a pájaros, perros o gatos, ni a ningún otro animal, bajo multa del SEPRONA. En cuanto al importe de las mismas, y tal como se contempla en el artículo 155 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, estas sanciones económicas pueden ir desde los 300,51 a los 30.051,61€, dependiendo del tipo de infracción cometida, y que, en su caso, pueden suponer también la incautación de la escopeta.
Confiando despertar una mayor concienciación al respecto del uso de las citadas carabinas de aire comprimido, y señalando igualmente que los efectivos de la Policía Local velarán por el cumplimiento de la normativa, prestando su atenta vigilancia e intervención en aquellas situaciones que resulte precisa, el Concejal insiste en destacar “la importancia de contar siempre con la colaboración vecinal para poner fin a conductas tan irracionales, actos vandálicos que al margen de poder causar daños o desperfectos, merecen todo nuestro rechazo y condena”.