Las listas del censo electoral,  a consulta pública del 17 al 24 de marzo

Las listas del censo electoral, a consulta pública del 17 al 24 de marzo

Este servicio se realizará exclusivamente por medios informáticos en el área de Estadística-Padrón de habitantes, previa identificación del interesado aportando DNI, pasaporte o permiso de conducir

  • Para atender las reclamaciones que se formulen en este Ayuntamiento, se dispone de los correspondientes impresos e información necesaria para su tramitación. Pueden presentarse en las propias dependencias municipales en horario de apertura al público

Ante la convocatoria de elecciones a la Asamblea de Madrid, a celebrar el 4 de mayo, los vecinos de Valdemorillo podrán consultar las listas del censo electoral desde mañana miércoles, 17 de marzo, disponiendo como plazo máximo para ello hasta el próximo día 24 de este mes, inclusive. Este servicio de consulta exclusivamente podrá realizarse por medios informáticos en el área de Estadística-Padrón de habitantes, emplazada en la planta baja del Ayuntamiento, si bien los electores también pueden efectuar la oportuna comprobación de sus datos en la dirección habilitada a este efecto (https://sede.ine.gob.es/ce-internet1/?lang=es_ES), siempre que puedan identificarse por el sistema Cl@ve. En caso contrario, el interesado podrá resolver el trámite tanto a través del Consistorio del modo ya indicado, como en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral o llamando al 901 101 900.

En el Bando de Alcaldía emitido este mismo martes queda igualmente reseñada, como requisito previo a efectuar la consulta, la obligación de aportar identificación por parte de interesado, según se establece en la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General. A estos efectos, como documento que acredite la misma se podrán presentar los mismos que resultan válidos para el acto de votación, como DNI, pasaporte o permiso de conducir en el que aparezca fotografía del titular.

En cuanto a las posibles reclamaciones que se formulen en este Consistorio, se dispone de los impresos de reclamación y demás información necesaria para que puedan ser canalizadas debidamente, pudiendo presentarse en las propias dependencias municipales en horario de apertura al público, de 9,00 a 14,00 horas.

Por último, y en virtud de lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se recuerda que está prohibida la información particularizada de los datos personales contenidos en el censo electoral, no estando permitida la recopilación de los mismos por cualquier medio, ya sea manual, fotográfico, informático o de cualquier otra naturaleza, bajo las responsabilidades legalmente procedentes.