RECAUDACIÓN

Pago de Impuestos

Formas de pago Pago online AQUÍ

 

  • Los impuestos periódicos pueden domiciliarse y obtener una bonificación del 5%. La domiciliación deberá presentarse 2 meses antes del inicio del período voluntario del propio tributo para poder ser efectiva. El Ayuntamiento pasa el cobro los primeros días de éste periodo.

– Duplicados de recibos

  • El recibo es enviado vía correo postal por el Ayuntamiento (no es obligatorio por tratarse de tributos de carácter periódico)

  • La notificación legal es la exposición pública que el Ayuntamiento hace de acuerdo con el artículo 102 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria.

  • Puede solicitarse un duplicado del recibo de los tributos de carácter periódico (si no se ha recibido o se ha extraviado) durante el periodo voluntario de pago, en la oficina de Recaudación situada en la Plaza de la Constitución nº1.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario:

  • Las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Trámites

 

Puede realizar todos sus trámites a través de la ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA