SERVICIOS Y TRÁMITES
Empadronamiento
Ubicado en la PLANTA BAJA del Ayuntamiento de Valdemorillo
Plaza de la Constitución nº1
Tlf.- 91.897.73.13 – Ext.2
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente.
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Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año.
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El padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo y son utilizados para la actualización del Censo Electoral.
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Para empadronarse deben dirigirse todos los mayores de edad (presencial) al Departamento de Estadística, ubicado en la planta baja del Consistorio.
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Los vecinos deberán comunicar las variaciones en sus datos de inscripción, especialmente los cambios de domicilio dentro del término municipal. No mantener los datos del padrón municipal actualizados puede ocasionar la baja por Inclusión Indebida en la base de datos del Padrón Municipal de Habitantes.
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El horario de atención al público sin cita previa es de lunes a viernes de 9,00 a 14,00 horas. Cualquier consulta Teléfono 918977313 Ext. 2
Documentación (ORIGINAL y COPIA) a presentar para realizar inscripción/modificación (ver hoja anexa)
– HOJA DE INSCRIPCIÓN MODIFICACIÓN PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES
El volante de empadronamiento (es informativo):
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Se expide en el momento con el documento de identidad EN VIGOR (DNI, Pasaporte, Tarjeta Residencia). En el caso de no poderlo solicitar personalmente, podrá hacerlo otra persona, siempre mayor de edad debidamente acreditada con el documento de identidad en VIGOR y con una autorización expresa del interesado acompañando fotocopia del documento de identidad en VIGOR. Si en la hoja de inscripción padronal figuran varios mayores de edad si no acuden personalmente deberán AUTORIZAR.
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Los menores de edad se identificarán con el libro de familia o documento de identidad correspondiente en VIGOR, si no solicitan la documentación los padres o tutores, pueden AUTORIZAR.
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En el caso de separación o divorcio, si los menores están empadronados solamente con uno de los progenitores, deberán aporta la resolución judicial que acredite su guardia o custodia.
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El horario de atención al público es de lunes a viernes de 9,00 a 14,00 horas. Cualquier consulta Teléfono 918977313 Ext. 2
El CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO
Firmado por el señor alcalde y el señor Secretario:
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Se solicita mediante una instancia genérica, y deben aportar:
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La misma documentación que el volante de empadronamiento
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Pago de la tasa contemplada en la Ordenanza correspondiente.
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El tiempo de entrega es aproximadamente de 5 a 10 días hábiles.
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El horario de atención al público es de lunes a viernes de 9,00 a 14,00 horas. Cualquier consulta Teléfono 918977313 Ext. 2
Juzgado de Paz
Ubicado en la SEGUNDA PLANTA del edificio María Giralt
C/ La Paz, 53
Tlf.- 91.899.39.23
Caso de filiación matrimonial
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Rellenar el impreso amarillo que facilita el Hospital, debiendo cumplimentar todos los datos.
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Solicitar en el Hospital del nacimiento una Certificación de que por su parte no se ha promovido la inscripción.
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Justificar el domicilio en Valdemorillo, bien aportando D.N.I. en que figure dicha residencia o, caso contrario, aportando Certificación de empadronamiento.
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Rellenar el Boletín Estadístico de Nacimiento, que facilita el Registro Civil.
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Si es el primer hijo se les entregará libro de familia. Si la pareja ya tiene descendencia en común deberán traer el libro de familia para la inscripción del recién nacido.
No será necesaria en este caso la presencia en el Registro del padre y de la madre, bastando la presencia de quien figure como declarante y haya firmado el impreso amarillo.
Caso de filiación no matrimonial
Es necesaria la presencia del padre y de la madre en el Registro Civil para promover la inscripción , y al pertenecer el Registro Civil de Valdemorillo al Partido Judicial de San Lorenzo de El Escorial, la inscripción habrá de ser autorizada por el Juez Encargado del Registro Civil de San Lorenzo de El Escorial.
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Rellenar el impreso amarillo que facilita el Hospital, debiendo cumplimentar todos los datos; en este caso deberán figurar como declarantes el padre y la madre y firmar los dos dicho impreso.
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Certificación del Hospital del nacimiento acreditativo de que por la dirección del Hospital no se ha promovido inscripción.
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Justificar el domicilio en Valdemorillo, aportando Certificados de empadronamiento de los padres.
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Originales y copia del D.N.I./PASAPORTE O TARJETA DE RESIDENCIA.
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Comparecencia conjunta en el Registro de Valdemorillo de los progenitores para reconocimiento de paternidad del recién nacido.
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Rellenar el Boletín Estadístico.
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Si es el primer hijo que tienen en común se les entregará libro de familia, si ya tienen descendencia en común deberán traer el libro de familia para la inscripción del recién nacido.
Matrimonio
El primer paso para celebrar una boda civil es iniciar el expediente de matrimonio en el Juzgado de Paz donde estén empadronados cualquiera de los dos contrayentes. Una vez tramitado, el expediente debe entregarse en el Registro Civil de Valdemorillo, mínimo 20 días antes de la ceremonia. Previamente deberá haber elegido fecha, lugar y hora.
La boda se puede celebrar en:
En Juzgado de Paz (Registro Civil).
En el Salón de Plenos del Ayuntamiento.
En la Sala de Encuentros de la Casa de Cultura.
a) En el Juzgado de Paz:
Se requiere la presencia de los contrayentes y la siguiente documentación:
Certificación literal de nacimiento de ambos, expedida por el Registro Civil
Certificación de empadronamiento o residencia acreditativa del domicilio de ambos solicitantes durante los últimos dos años, expedida por el Ayuntamiento (caducan a los tres meses).
Declaración jurada o afirmación solemne del estado civil de los solicitantes (los impresos se entregan en la oficina de Registro Civil).
Fotocopia del D.N.I., tarjeta de residencia o pasaporte de ambos.
Instancia firmada por los interesados que se entrega en el Juzgado de Paz.
Para casos de menores, viudedad, extranjeros y/o divorciados consulte el anexo.
Solicitud de fecha y hora: Si quiere casarse en el Juzgado de Paz debe consultar con ellos día y hora.
b) En el Salón de Plenos del Ayuntamiento o en la Casa de Cultura:
Es necesario dirigir un escrito a Alcaldía, al menos con un mes de anticipación. En el escrito debe constar:
Día, hora y lugar solicitado para la ceremonia.
Datos personales de los contrayentes: nombre y apellidos, dirección, teléfono de contacto (muy importante), DNI de los interesados y testigos mayores de edad.
Puede remitirlo por fax al 91 897 73 43, presentarlo por registro de entrada del Ayuntamiento o enviarlo por correo a la dirección del Consistorio (Plaza de la Constitución, 1 28210 Valdemorillo (Madrid).
Será imprescindible presentar autoliquidación.
4. Precios (Consultar Ordenanzas)
En el Juzgado de Paz es gratuito
Las Tasa deberán abonarlas junto con la solicitud de la dependencia municipal a celebrar el matrimonio civil, mediante transferencia bancaria a la cuenta de CAJAMADRID NUM. 2038 – 2436 – 46 – 6000010321 en el que deben indicar el nombre, al menos, de uno de los contrayentes y Pago Tasa de Matrimonio (con fecha celebración del mismo), entregar el justificante en secretaría, o bien remitirlo por fax al Teléfono 91.897.73.43
La decoración del Salón de Plenos del Ayuntamiento, o de la Sala de Encuentros de Casa de Cultura, corre por cuenta de los contrayentes.
Para cualquier consulta, pueden contactar con secretaría en el teléfono 91 899 39 22, de lunes a viernes de 9,00 horas a 14,00 h.
REGISTRO DE UNIONES DE HECHO
Registro de carácter administrativo en el que podrán inscribirse las personas que convivan en pareja, de forma libre pública y notoria, vinculadas de forma estable al menos durante un periodo ininterrumpido de doce meses, existiendo una relación de afectividad, siempre que voluntariamente decidan someterse a la ley reguladora.
Teléfono de información general 91 720 92 99
Inscripciones
Para solicitar la inscripción se ha de pedir cita previa en el teléfono 91 720 92 99
El día de la cita comparecerán personal y conjuntamente los miembros de la unión de hecho en la c/ Gran Vía nº 18 planta baja.
Fallecimiento
En el Registro Civil de Valdemorillo se inscriben las defunciones ocurridas en este municipio. Normalmente es el propio servicio de la funeraria el que se encarga de los trámites. En caso de que sea un particular se necesita:
Fotocopia DNI del fallecido.
Fotocopia DNI del declarante (en el caso de que no sean los servicios funerarios)
Certificación médica de defunción
En el Registro se les entregará la licencia de sepultura o de incineración. En este último caso la licencia deberá ir firmada por Juez y Secretaria, además la incineración no podrá realizarse en Valdemorillo al carecer el tanatorio de ese servicio.
– Tanatorio
Dirección: C/ Eras Cerradas, 6
Teléfono: 900 160 160 / 639 170 062
La gestión corresponde a la empresa Interfunerarias S.A
Cementerio Municipal
Dirección: C/Eras Cerradas, 2 y 4
Teléfono: 91 897 73 13
Si quiere conocer las tasas del cementerio acceda a la ORDENANZA